Nuevitas, 11 abr.- El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en Nuevitas labora a partir de las nuevas disposiciones implementadas en Cuba producto a la situación actual con la Covid-19.

Como parte de su cumplimiento, el trabajador por cuenta propia no está obligado a ejercer ante la aplicación de las medidas adoptadas para el enfrentamiento a la pandemia, según refirió Carlos Daniel Ramírez Ferrades, especialista municipal de Control Interno del Órgano de Trabajo de la localidad.

Asimismo, explicó que se incorpora como causa de suspensión para el ejercicio de la actividad la paralización temporal del servicio, la que se otorga previa solicitud del interesado a las entidades facultadas.

Dicha petición debe contener nombres y apellidos del trabajador por cuenta propia, número de identidad permanente, actividad que ejerce, municipio, provincia y período por el que se solicita la suspensión temporal.