Nuevitas, 16 feb.- Durante la Tarea Ordenamiento son varias las legislaciones emitidas o modificadas relacionadas con el Instituto Nacional de Seguridad Social (INASS), entre ellas destaca el recién aprobado Decreto ley de la Maternidad de la trabajadora y la responsabilidad de las familias.
Neivis Badía Cuesta, directora del INASS en este municipio del nordeste camagüeyano, explicó que anteriormente la madre debía tener 75 días trabajados para obtener derecho a una prestación económica y ya este requisito fue eliminado, y que a las empleadas por cuenta propia, además de la operación económica, se les paga la prestación social.
Expuso que “Los niños están al cuidado, cuando llegan a la prestación social, de los familiares, no solamente de sus padres sino de sus abuelos, ya sean maternos o paternos.
La trabajadora puede simultanear la licencia de maternidad si determina que es mejor que su madre -que es jubilada- le cuide al bebé, entonces ella combina la licencia y cobraría lo que labora y la social”.
Por otro lado, “si la persona que le cuida al bebé es trabajador, entonces a esa madre se le ingresaría nada más el trabajo y a quien atienda al bebé, hasta que este cumpla su primer año de vida, se le pagaría una prestación social”.
También, algo positivo es que “las madres con niños enfermos y en las edades de cero a 17 años se les paga en su centro de trabajo el certificado médico a un 60 por ciento, como si fuera un certificado a nombre de la madre, con la diferencia que será a nombre del hijo.
En el año 2021 se sufragaron unos cinco millones 500 mil pesos por concepto de maternidad”.
La protección de la concepción es un principio de la Revolución cubana considerándose una ventaja para las féminas de los diferentes sectores del país que contribuyen a la natalidad y calidad de vida en sentido general.





